Si tienes más de 80 años, compramos tu casa y te quedas a vivir para siempre
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Si estás pensado en vender tu casa y quedarte a vivir en ella para siempre, te ofrecemos la mejor solución. Te la compramos y te quedas a vivir en ella por contrato. Sin hipoteca inversa, sin nuda propiedad, y con ventajas fiscales. La tercera, y nueva opción, es vender la casa a precio de mercado. Desde ese momento, ya no somos propietarios: no pagamos comunidad, ni derramas, ni impuestos.

Si tienes más de 80 años, compramos tu casa y te quedas a vivir para siempre
¿En qué consiste la nuda propiedad y el usufructo?
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La nuda propiedad es una opción cada vez más válida para aquellas personas mayores que deseen vender su casa sin dejar de vivir en ella. Así, pueden continuar disfrutándola el resto de su vida y, a la vez, obtienen un beneficio económico inmediato, aunque no garantiza el dinero suficiente como para cubrir nuestros gastos corrientes o asistenciales hasta el día del fallecimiento. 

La nuda propiedad es el derecho de adquirir una vivienda con la cesión del usufructo o disfrute de la misma a un tercero (el usufructuario). El nudo propietario disfrutará de la vivienda una vez finalice el usufructo, que puede ser fijado en plazo o vitalicio. Los inmuebles en nuda propiedad no generan rendimientos, por lo que quien debe tributar es la persona usufructuaria al disponer del derecho de uso y disfrute. La nuda propiedad se cancela por renuncia o defunción, que es cuando el comprador pasa a obtener el pleno derecho de pleno dominio sobre la vivienda.

¿En qué consiste la nuda propiedad y el usufructo?
Alquila tu casa con nosotros y anticipa una anualidad del alquiler hasta 36.000 euros en 24 horas
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Si necesitas liquidez y tranquilidad inmediata tenemos la solución a todos tu problemas. Si eres propietario de un inmueble en alquiler o si alquilas tu casa, oficina o local comercial con nosotros, te ofrecemos disponer de 12 meses por anticipado de las rentas de tu inmueble, hasta 36.000 euros y en 24 horas. Además incluye todas las coberturas de los seguros de impago existentes en el mercado y reparaciones de urgencia del hogar. De esta manera, conseguirás dinero en efectivo de forma inmediata, y te protegerás de posibles impagos y retrasos en el pago del alquiler. 

Alquila tu casa con nosotros y anticipa una anualidad del alquiler hasta 36.000 euros en 24 horas
Programa Reviva Madrid
Plan Reviva y bono vivienda: las ayudas al alquiler en Madrid para reactivar el sector
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Plan ReViVa el nuevo programa quiere reactivar el mercado del alquiler en Madrid. Su objetivo es recuperar las viviendas vacías en desuso y aumentar así la oferta destinada al alquiler. El propietario cede su vivienda vacía a la EMVS durante un periodo de tiempo concreto, sin perder obviamente la titularidad de la misma, con una serie de garantías y ventajas, percibiendo por ello una renta mensual independientemente de que la casa tenga o no inquilino.

Plan Reviva y bono vivienda: las ayudas al alquiler en Madrid para reactivar el sector
No tributar por la plusvalía obtenida en la venta de una casa
¿Cómo no pagar plusvalías con la compraventa de una casa?
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Hay que diferenciar en la compraventa de una casa, la plusvalía (ganancia) que se puede generar cuando se compra y vende posteriormente por un valor mayor, y la plusvalía municipal, también conocida como Impuesto sobre el Incremento de Valor de Terrenos de Naturaleza Urbana. En el primer caso podemos estar exentos de su pago, en el segundo no nos libra nadie de pasar por caja, y en casos excepcionales según la sentencia del Tribunal Constitucional sólo se refiere a los supuestos en los que se acredite que no ha existido incremento de valor en el momento de la transmisión del terreno.

¿Cómo no pagar plusvalías con la compraventa de una casa?
¿Cómo afecta el artículo 28 de la Ley Hipotecaria a la compra de una casa en herencia?
¿Cómo afecta el artículo 28 de la Ley Hipotecaria a la compra de una casa en herencia?
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Cuando se pone un piso a la venta, ya sea a través de una inmobiliaria o de manera particular se debe de revisar que no haya letra pequeña o problemas legales, que echen por traste una venta efectiva. El caso de las herencias es muy común, y hay que realizar todos los trámites para su correcta aceptación. Aún así posteriormente pueden surgir problemas que afecten a la comercialización del inmueble. La Ley Hipotecaria que regula el mercado hipotecario en España es antigua, en concreto data de febrero de 1946, se ha mantenido en nuestro ordenamiento jurídico desde el siglo XIX, conocida como Ley de Cuba.

Importante, esta ley ha sido derogada en 2021 con carácter retroactivo.

¿Cómo afecta el artículo 28 de la Ley Hipotecaria a la compra de una casa en herencia?